La Ordenanza 3343-CM-24, sancionada esta semana, permite a propietarios de grandes franjas de tierra (que no estén en la Delegación Lago Moreno) obtener pronto nuevos parámetros urbanísticos a cambio de lotes para paliar la emergencia habitacional. Te contamos qué gana y qué resigna el Municipio, los beneficios para los privados, y cómo se asignarán los lotes.
¿Qué gana el privado?
Aumenta el valor de su propiedad porque podrá lotear o construir más, y queda eximido del pago de la Renta Diferencial Urbana (conocida como “plusvalía”). Evita el tratamiento por rangos III, accediendo a un procedimiento ágil, que fuera de la emergencia podría demorar años.
¿Qué gana el Municipio?
Incorpora tierras para asignarse a la construcción de viviendas sociales, sin utilizar dinero de las arcas comunales.
¿Cómo es el procedimiento?
La Secretaría de Planeamiento y la Unidad Coordinadora evalúan la factibilidad y emiten un dictamen técnico. Luego el Concejo Municipal debe dar “urgente tratamiento” al proyecto (dentro de los 45 días).
¿Cuánta tierra se queda el Municipio?
El 15 % del suelo comercializable se destinará al Banco de Tierras del Municipio. La cesión “podrá realizarse en forma extra-predial” (compensarse con un inmueble en otro sitio).
¿Quién ejecuta las obras de infraestructura?
El privado debe garantizarlas incluso en las tierras cedidas.
¿Cómo se asignarán esos lotes que ingresen al Municipio?
Se asignarán en base al registro de demanda del Instituto de Tierras y Viviendas y del Programa Provincial Suelo Urbano. Los destinatarios deberán aprobarse por Ordenanza en el Concejo Municipal.
¿Qué es un loteo social?
“Todo proyecto urbanístico de fraccionamiento a realizarse en inmuebles de dominio privado municipal y/o propiedad privada destinada a satisfacer demanda habitacional de personas residentes que carecen de vivienda propia”".
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